R-CDNAT-2005-0509


Salta, 02 de diciembre de 2005.-


Expte. Nº 10.830/2005



VISTO:


Las solicitudes de fs. 126 en adelante, elevadas por alumnos de la carrera de Ingeniería Agronómica - plan 1991 - por las cuales peticionan autorización para cursar materias de su plan, fuera del régimen de correlatividad; y


CONSIDERANDO:


Que este Cuerpo - en reunión ordinaria Nº 19-05 del día 29 de noviembre último, que atendiendo la particularidad de los casos, aprobó los despachos de Comisión de Docencia y Disciplina de fs. precedentes, el que aconseja autorizar el cursado fuera del régimen de correlatividad a los alumnos peticionantes y dispuso emitir la presente resolución, en los términos indicados en la parte dispositiva;

POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,



EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES

(En Sesión Ordinaria del día 29 de noviembre de 2005)


R E S U E L V E:



ARTICULO 1º.- CONSIDÉRESE AUTORIZADO a cursar fuera del régimen de correlatividad a los siguientes alumnos pertenecientes a la carrera de Ingeniería Agronómica - plan 1991 - en las materias que se indica para cada uno, en virtud de lo expresado en el exordio.


INGENIERIA AGRONOMICA - PLAN 1991


GUTIERREZ, Mónica Graciela 402.921 Zootecnia Especial, Granja y Cultivos Industriales


YAPURA, Wilfredo Ernesto 403.195 Zootecnia General II


ARTICULO 2º.- HAGASE saber a quien corresponda y siga a Dpto. Planeamiento Pedagógico para su toma de razón y demás efectos, publíquese en la página de internet de la Universidad Nacional de Salta.

nsc





ING. AGR. SILVIA RAQUEL ZAPATA

SECRETARIA

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES


DR. JULIO RUBEN NASSER

D E C A N O

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES