R-CDNAT-2005-0499


SALTA, 29 de noviembre de 2005.-


EXPEDIENTE Nº 10.013/02005



VISTO:


La Res. R-CDNAT-2005-0149 – mediante la cual se concede una licencia extraordinaria con goce de haberes a la Lic. Laura Cristina Mármol - Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación semiexclusiva de la cátedra "Manejo de Cuencas Hidrográficas" de Escuela de Recursos Naturales; y


CONSIDERANDO:


Que a fs. 20, la Lic. Mármol solicita una extensión de la misma, esta vez para realizar un Master en Gestión y Auditoria Ambiental en la Universidad de Cádiz, España, debido a su imposibilidad de acceder a la Maestría en Desarrollo Local: Estrategias territoriales y ambientales en la Universidad Internacional de Andalucía, razón por la cual había solicitado su primer pedido de licencia.


Que dicha presentación ha sido analizada ampliamente por la Comisión de Docencia y Disciplina, la que concluyó con su dictamen a fs. 30 aconsejando lo siguiente: 1) Modificar parcialmente la R-CDNAT-2005-0149 en su Art. 2º en los siguientes términos: “considerar otorgada la licencia extraordinaria con goce de haberes a la Lic. Laura Cristina Mármol – JTP con dedicación semiexclusiva de la cátedra Manejo de Cuencas de la Escuela de Recursos Naturales a partir del 01/03/05 y hasta el 25/05/05 según nota Nº 1991/05, sujeto al informe de las actividades académicas realizadas por la Lic. Mármol en dicho período”.

2) Solicitar a la Lic. Laura Cristina Mármol informe las actividades académicas desarrolladas en el período mencionado en el PTO. 1.

3) Ante la solicitud (Nota Nº 1991/05) de licencia con goce de haberes por el termino de 18 (dieciocho) meses para la realización de un nuevo Master, se aconseja otorgar licencia con goce de haberes en los siguientes términos: a) Del 25/07/05 (fecha de inicio según lo informado por la Lic. Mármol) al 24/08/05 en el marco de la Res. 343/03.

b) Del 25/08/05 al 28/02/07 en el marco de la R-CDNAT-2005-0311.

4) Considerando que desde la fecha de baja del primer Master en Desarrollo Local: “Estrategias Territoriales y Ambientales”, acaecida el 25/05/05 fecha en que inicia su nueva Maestría (Nota 1991/05) la Lic. Mármol deberá devolver los haberes percibidos durante dicho período por corresponderle licencia sin goce de haberes (Res. 343/03).

5) Establecer que la devolución de haberes se realizará de acuerdo a las normas administrativas vigentes en cuotas proporcionales durante el período de la nueva licencia con goce de haberes otorgada según Punto 3º del presente.


Que el Consejo Directivo en su Reunión Ordinaria Nº 17, de fecha 08 de noviembre de 2005, dió tratamiento a este expediente y resolvió aprobar el Despacho de la Comisión de Docencia y Disciplina.


POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,


EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES


R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Modificar parcialmente el Art. 2º la R-CDNAT-2005-0149, la que quedará redactada de la siguiente manera:


Artículo 2º.- Considerar otorgada la licencia extraordinaria con goce de haberes a la Lic. Laura Cristina MARMOL - Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación semiexclusiva de la cátedra "Manejo de Cuencas Hidrográficas" de la Escuela de Recursos Naturales - a partir del 01 de marzo de 2005 y hasta el 25 de mayo de 2005, con la presentación del informe de las actividades académicas desarrolladas durante dicho período, con cargo a lo dispuesto en Res. 343/83”.


ARTICULO 2º.- Aprobar la ampliación de la licencia extraordinaria solicitada por la Lic. Laura Cristina Mármol en los siguientes términos y bajo las Resoluciones que se indican:


Desde el 26/05/05 y hasta el 24/07/05 - Licencia sin goce de haberes con cargo a Res. 343/83-R.

Desde el 25/07/05 y hasta el 24/08/04 - Licencia con goce de haberes con cargo a Res. 343/83-R.

Desde el 25/08/05 y hasta el 28/02/07 - Licencia con goce de haberes con cargo a Res. R-CDNAT-2005-0311.


ARTICULO 3º.- Disponer que por el lapso concedido SIN GOCE DE HABERES, la Lic. Mármol deberá reintegrar los haberes percibidos, en cuotas proporcionales y consecutivas, de acuerdo a las normas administrativas vigentes y a través de la oficina administrativa que corresponda.


ARTICULO 4º.- Dejar establecido que la Lic. Mármol en los períodos CON GOCE DE HABERES, deberá elevar informe sobre su situación académica, por corresponder.


ARTICULO 5º.- Hágase saber a quien corresponda, remítase copias a: interesada, Escuela de Recursos Naturales, Obra Social y siga a Dirección General de Personal para su toma de razón y demás efectos. Publíquese en la página de internet de la Universidad Nacional de Salta.-





ING. AGR. SILVIA RAQUEL ZAPATA

SECRETARIA

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES


DR. JULIO RUBEN NASSER

D E C A N O

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES