R-CD NAT-2005- 0318


SALTA, 26 de agosto de 2005.-


EXPEDIENTE Nº 10.830/2005



VISTO:


La solicitud de fs. precedentes, elevada por el alumno SOTO, Augusto Ernesto - L.U.Nº 405.521 - de la carrera de Ingeniería Agronómica - plan 2003 - por la cual peticiona autorización para cursar la materia Fitopatología, fuera del régimen de correlatividad; y


CONSIDERANDO:


Que este Cuerpo - en reunión ordinaria Nº 11-05 del día 9 de agosto último, aprobó el despacho de Comisión de Docencia y Disciplina modificado que dice "se solicita hacer lugar al pedido del alumno de fecha 1 de julio del cte. en el sentido de autorizar el cursado de la asignatura Fitopatología, fuera del régimen de correlatividad" y dispuso emitir la presente resolución, en los términos indicados en la parte dispositiva;

POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,



EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES

(En Sesión Ordinaria del día 9 de agosto de 2005)


R E S U E L V E:



ARTICULO 1º.- CONSIDÉRESE AUTORIZADO al alumno SOTO, Augusto Ernesto - L.U. Nº 405.521 - perteneciente a la carrera de Ingeniería Agronómica - plan 2003 - a cursar en el primer cuatrimestre del presente período lectivo 2005, fuera del régimen de correlatividad la materia FITOPATOLOGÍA en razón de lo expresado en el exordio.


ARTICULO 2º.- HAGASE saber a quien corresponda y siga a Dpto. Planeamiento Pedagógico para su toma de razón y proceder a confeccionar el acta de regularidad de la materia Fitopatología, publíquese en la página de internet de la Universidad Nacional de Salta.

nsc





ING. AGR. SILVIA RAQUEL ZAPATA

SECRETARIA

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES


DR. JULIO RUBEN NASSER

D E C A N O

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES