R-CDNAT-2005-0287


SALTA, 16 de agosto de 2005.-


EXPEDIENTE Nº 10.587/2001.



VISTO:


Las presentes actuaciones relacionadas con el Llamado a Concurso Público de Antecedentes y Prueba de Oposición para la cobertura de un (1) Profesor Regular en la categoría de Adjunto con dedicación semiexclusiva para la asignatura “Topografía” de la Carrera de Tecnicatura Universitaria en Perforaciones; y


CONSIDERANDO:


Que a fs. 187/188, el jurado interviniente produjo su dictamen unánime, explícito y fundado, mediante el cual recomienda sea declarado desierto, en razón de que, si bien el postulante tiene experiencia como JTP, Título habilitante y un suficiente desempeño profesional como aspirante al cargo en cuestión, considera que de la entrevista y de la clase oral pública el único postulante no posee las condiciones necesarias para acceder al cargo concursado.


Que el Agr. Antonio Oller Zamar se ha notificado en tiempo y forma y no ha presentado impugnación alguna en contra del referido dictamen.


Que a fs. 190, la Comisión de Docencia y Disciplina en virtud de lo dictaminado por el jurado, que no hay vicios de procedimiento, que el dictamen es unánime, explícito, que no hay impugnación al mismo, esta comisión aconseja declarar desierto al llamado al cargo de Profesor Adjunto con dedicación semiexclusiva para la cátedra “Topografía” de la Carrera de Tecnicatura Universitaria en Perforaciones de la Sede Regional Tartagal.


Que el Consejo Directivo en su Reunión Ordinaria Nº10 de fecha 26 de julio de 2005, resolvió aprobar el Despacho de la Comisión de Docencia y Disciplina.


POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,


EL CONSEJODIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES


R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Declarar desierto el Llamado a Concurso Público de Antecedentes y Prueba de Oposición para la cobertura de un (1) Profesor Regular en la categoría de Adjunto con dedicación semiexclusiva para la asignatura “Topografía” de la Carrera de Tecnicatura Universitaria en Perforaciones, por las razones expresadas precedentemente.


ARTICULO 2º.- Hágase saber a quien corresponda, remítase copias a: Dirección Administrativa Académica y siga a Sede Regional Tartagal para su toma de razón y demás efectos. Publíquese en la página de Internet de la Universidad Nacional de Salta.




ING. AGR. SILVIA RAQUEL ZAPATA

SECRETARIA

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES


DR. JULIO RUBEN NASSER

D E C A N O

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES