Salta, 11 de Agosto de 2010

563/10

                                                                                                             Expte. Nº 14.214/10

VISTO:

        Estas actuaciones por las cuales el Farm. Pablo Fernando Corregidor solicita Licencia con goce de haberes desde el 16 de agosto de 2010 hasta el 16 de junio de 2011; y

CONSIDERANDO: 

                Que la Licencia solicitada es con el fin de realizar una Estadía de Investigación en el Centro de Catálisis y Química Superficial dependiente de la Universidad Católica de Leuven-Bélgica, al ser beneficiado con una Beca ERASMUS-EADIC LOT 16 para realizar un PHD tipo Sándwich en la mencionada Universidad;

                Que esta Pasantía  significará un aporte sustantivo a las tareas que realiza en el marco de su Beca Doctoral incluida en el “Proyecto de Fortalecimiento de capacidades en Recursos Humanos en Áreas Prioritarias (IP-PRH 2007) Formación de Doctores” del  “Proyecto de Formación de Recursos Humanos UNAS-ANPCYT”, significando una oportunidad para fortalecer conocimientos, permitiendo reforzar y aumentar capacidades mediante la instrucción adicional en un Centro de Investigación con reconocido prestigio internacional;

            Que el pedido tiene la anuencia del Profesor Responsable de la cátedra, Ing. Hugo Destéfanis y de la Escuela de Ingeniería Química;

            Que el Farm. Pablo Fernando Corregidor se desempeña en el cargo Interino de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Simple, cuya designación vence el 31 de marzo de 2011;

            Que el Régimen de Licencias y Justificaciones para el Personal Docente y de Investigación, Resolución Nº 343/83, en el Artículo 18 establece: “Docentes Interinos. Toda Licencia del Personal Docente Interino deberá ser otorgada, exclusivamente, hasta la fecha de vencimiento de su designación. En el período siguiente, siempre que ésta haya sido renovada, aquella podrá ser extendida con arreglo de las correspondientes disposiciones aplicables”;

            Que en virtud de lo expuesto anteriormente, la Comisión de Reglamento y Desarrollo sugiere otorgar la licencia solicitada, hasta el 31 de marzo de 2011;

           

POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias

 

EL H. CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERIA

(en su sesión ordinaria del 4 de agosto de  2010)

R E SU E L V E

ARTICULO 1°.- Otorgar al Farm. Pablo Fernando CORREGIDOR, licencia con goce de haberes, en el cargo Interino de JEFE DE TRABAJOS PRACTICOS con dedicación SIMPLE, en la asignatura QUIMICA ORGANICA de la carrera de Ingeniería Química, desde el 16 de agosto de 2010 al 31 de marzo de 2011.

ARTICULO 2°.- Imputar la presente licencia con goce de haberes, en el  artículo 15 inciso  a) de la Resolución Nº 343-83, referida al Régimen de Licencias y Justificaciones para el Personal Docente y de Investigación de esta Universidad.

ARTICULO 3°.- Disponer que el Docente presente al  término de  su  licencia, un informe sobre  las actividades realizadas,  junto con la certificación correspondiente.

ARTICULO 4°.- Hágase saber, comuníquese a Secretaría Administrativa, Escuela de Ingeniería Química, Ing. Hugo DESTEFANIS, Farm. Pablo Fernando CORREGIDOR,  División Personal, Dpto. Docencia y siga a Dirección General de Personal para su toma de razón y demás efectos.

DNG

Firmado: