SALTA, 04 de Abril de 2009


Expediente Nº 8154/03 – Cuerpo II


RES. CD. Nº 100/09


VISTO:


La Res. C.D. Nº 042/07 por la cual el Consejo Directivo aceptó la presentación del Trabajo de Tesis Doctoral del Ing. Fernando Tilca, cuya denominación es Energía Eólica: Factibilidad de Central de Gran Porte en Comodoro Rivadavia y Pequeño Sistema Híbrido Eólico-Solar en la Provincia de Salta”;


Que asimismo, se designó el Tribunal de Tesis mediante Res. CD-193/07;


CONSIDERANDO:


Que de las opiniones vertidas por los integrantes titulares del Tribunal, surge que el doctorando debía realizar correcciones, otorgándole la Comisión de Doctorado en Ciencias el plazo de un año para la reformulación del mismo (Res. D-277/07). En un todo de acuerdo a lo establecido en el Art. 32 del Reglamento aprobado por el Anexo III de la Res. CD-258/00;


Los nuevos informes producidos por el Tribunal: Ing. Rafael B. Oliva (fs. 277 y 285), Dr. Jaime Moragues (fs. 278/279) y Dr. José Cataldo (fs. 280/281);


Que la Comisión de Doctorado en Ciencias a fs. 286 convalida el despacho del Comité Académico del Área Energías Renovables de fs. 283, en el sentido de aceptar, por mayoría, el trabajo de tesis;


Que la Comisión de Docencia e Investigación a fs. 288 adhiere al despacho de la Comisión de Doctorado en Ciencias;


POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias;


EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS

(en su sesión ordinaria del día 25/03/09)


R E S U E L V E:


ARTICULO 1º: Aceptar, por mayoría, el Trabajo de Tesis denominado Energía Eólica: Factibilidad de Central de Gran Porte en Comodoro Rivadavia y Pequeño Sistema Híbrido Eólico-Solar en la Provincia de Salta”, que deberá defender frente al Tribunal de Tesis, el Ing. Fernando Florentín Tilca para obtener el título de Doctor en Ciencias – Área Energías Renovables, de acuerdo a lo establecido en el Art. 34 del reglamento de doctorado aprobado por Anexo III de la Res. CD-258/00.


ARTICULO 2º: Autorizar la constitución del Tribunal de Tesis para desarrollar la defensa pública del Trabajo del Ing. Fernando Florentín Tilca.


ARTICULO 3º: Hágase saber con copia al Ing. Fernando F. Tilca, al Director de Tesis (Dr. Héctor Fernando Mattio), al Codirector de Tesis (Dr. Carlos A. Cadena), a los integrantes titulares del Tribunal de Tesis, a la Comisión de Doctorado en Ciencias, a la Dirección Adm. Económica, al Departamento Administrativo de Posgrado. Cumplido, RESÉRVESE.


mxs


Firmado: Prof. María Elena Higa – Ing. Norberto A. Bonini

Secretaria Académica - Decano