Salta, 12 de Diciembre de 2007.-


Expediente Nº 8.189/86.-


Res.C.D. Nº 568/07.-


VISTO:


Estas actuaciones y la Resolución C.D. Nº 164/04 por la que aprueba el Reglamento para la Provisión de Cargos Docentes Interinos de esta Facultad; y,


CONSIDERANDO:


Que por Resolución Nº C.D. Nº 121/06 se procede a incorporar al Artículo 19 del mencionado reglamento el siguiente texto: “al Orden de Mérito establecido en Acta Dictamen de Tribunales de Concursos, siempre que se tratara de cargos de igual categoría, dedicación, y asignatura o asignaturas equivalentes”.


Que por disposición de este Consejo Directivo, la Comisión de Interpretación, Reglamento y Disciplina, en Despacho de fecha 12 de Noviembre de 2007, obrante a fs. 152 expresa:

“Que analizadas las reglamentaciones vigentes y otros antecedentes que figuran en el Expediente N° 8.045/06.


Que el Artículo 55 del Estatuto Universitario dispone en forma general el ingreso a la Carrera Académica.


Que el inc. c) del Artículo 3° de la Resolución C.S. N° 350/87 y modificatorias especifica: "...el cargo, asignatura o grupo de asignaturas, disciplina..."


Que en el Artículo 46 de la Resolución C.S. N° 350/87 y modificatorias consigna: "...los miembros del Jurado deberán considerar el Plan de Trabajo presentado por el aspirante, el que deberá contener sus puntos de vista sobre el programa de la materia..."


Que el Artículo 48 de la misma norma resolutiva indica: "... temas de posprogramas vigentes de la cátedra respectiva o temas de la asignatura o disciplina correspondiente".


Que análisis idéntico presenta la Resolución C.S. N° 661/88 y modificatorias en su Artículo 3°, inc. a) y el Artículo 38.


Que la Resolución C.D. N°164/04 en su Artículo 5, punto 3, ratifica los términos de la convocatoria en el Llamado a Inscripción de Interesados cuando indica: "asignatura, grupos de asignaturas o disciplina".


Que un análisis ya realizado por esta Comisión a través del Expediente N° 8045/06 de los Artículos 58 y 60 de la Resolución C.S. N° 350/87 y modificatorias, indicaba:


Que idéntico tratamiento puede realizarse para el caso de la Provisión de Cargos Regulares de los Auxiliares Docentes a través de la Resolución C.S. N°661/88.


Que por lo anteriormente expresado se desprende:

POR ELLO:

Y en uso de las atribuciones que le son propias;


EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS

(en sesión ordinaria del 05 de Diciembre de 2007)

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Declarar nula de nulidad absoluta la Resolución C.D. Nº 121/06, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.


ARTICULO 2º.- Hágase saber, comuníquese a: Departamentos Docentes, Comisiones de Carreras, Dirección Administrativa Académica y Dirección Alumnos de esta Unidad Académica para su toma de razón y demás efectos. Cumplido ARCHIVESE.-


RMD.


Dr. Jorge F. Yazlle – Ing. Norberto Bonini

Secretario - Decano