Salta, 09 de agosto de 2007


Expediente Nº 8.121/06 Cuerpo I y II


Res. C.D. Nº 377/07


VISTO:


Estas actuaciones relacionadas con la Res. D. Nº 176/06 de esta Unidad Académica, mediante la cual se convocó a Concurso Público de Antecedentes y Prueba de Oposición para cubrir un (1) cargo de PROFESOR ASOCIADO – REGULAR – Dedicación SIMPLE, para la asignatura “Física Ambiental”- Departamento de Física - Carrera Licenciatura en Energías Renovables (Plan 1.997) de esta Unidad Académica;


CONSIDERANDO:


Que el Jurado que entendió en el presente concurso, ha emitido su dictamen que corre a fs. 298 a 299 y la ampliación del mismo fs. 353 a 354 de estos actuados, el que de acuerdo a lo previsto en el Art. 52º de la Res. 350/87 y sus modificatorias ha sido notificado en tiempo y forma a los aspirantes;


Que se produjeron presentaciones, que revisten carácter de impugnaciones;


Que de acuerdo a lo establecido en el Art. 53º, se ha solicitado Dictamen a Asesoría Jurídica de la Universidad, mediante el Art. 2º de la Res.C.D. Nº 187/07 cuyo texto reza:


Solicitar asimismo a la Dirección de Asesoría Jurídica informar si en estas actuaciones se observa vicios de procedimiento o arbitrariedad manifiesta.”;


Que de la consulta antes mencionada el Servicio Jurídico de la Universidad en su Despacho de fecha 04/05/07 a fs. 327 expresa:


Sres Consejeros:

Viene a consulta el presente expediente respecto de las impugnaciones de los concursantes: Luis Cardón; Angélica Boucíguez y Gloria Plaza, al dictamen del Jurado que obra a fojas 294 a 299 de estos actuados. Analizadas las presentaciones, se aconseja solicitar a los miembros del Jurado procedan a ampliar el dictamen referido, en especial a ratificar o rectificar sus términos, si lo estiman procedente. Cumplido, vuelva para dictamen.”


Que la Comisión de Docencia e Investigación a fs. 329 en los considerandos de su dictamen expresa:


Que en el tercer lugar del Orden de Mérito del Dictamen del Jurado (fs. 299) figura un empate entre las aspirantes Lic. Angélica Bouciguez y Máster Gloria Plaza.

Que el dictamen de Asesoría Jurídica Nº 6793 señala: Por tanto, la obligación del Jurado luego de valorar con criterios objetivos y eventualmente subjetivos a


los postulantes, es la de establecer un orden de mérito, del que surge el candidato más apto para cubrir el cargo…. y agrega: Por ello, en los casos de Concursos para la elección de cargos docentes o auxiliares, sean estos regulares

o interinos, los miembros del Jurado deben inexorablemente determinar un orden de mérito, que será la consecuencia de haber evaluado a los postulantes al cargo conforme los criterios de selección, que por la naturaleza misma del concurso son de índole subjetiva”


Que en consecuencia, mediante Res.C.D.Nº 265/07, la Facultad solicitó al Jurado la ampliación del dictamen;


Que la Lic. Bouciguez a fs. 339, presentó un pedido de reconsideración a la Res.C.D. 265/07 a la vez que ratifica su pedido de nulidad al dictamen;


Que en tal situación el Consejo Directivo, constituido en Comisión de Docencia, en su sesión ordinaria del 04 de Julio del año en curso emite la Res. C.D. Nº 344/07 cuyos considerandos expresan:


Que la postulante Lic. Angélica Boucíguez, presenta una nota de fecha 28 de Junio de 2007, obrante a fs. 339.

Que el tema fue minuciosamente discutido en Comisión de Docencia e Investigación y transmitido a este Consejo Directivo, en su sesión ordinaria del 06-06-07, a consecuencia de lo cual se procedió a la emisión de la Resolución C.D. Nº265/07.

Que en la mencionada nota, la recurrente, no agrega nuevos elementos que a juicio de este Cuerpo, ameriten cambiar la resolución tomada.”


y mediante la cual resuelve NO HACER LUGAR a la solicitud de reconsideración interpuesta por la Lic. Angélica Bouciguez;


Que en tiempo y forma el Jurado que entendió en el concurso de Profesor Asociado Dedicación Simple para la asignatura Física Ambiental, elevó con fecha 27 de Julio la requerida ampliación del dictamen emitido el pasado 16 de Marzo del año en curso.


Que la Comisión de Docencia de este Consejo Directivo, aconseja, en su dictamen que corre a fs. 356:


1) Aprobar el Acta Dictamen de fs 294 a fs. 299 y la ampliación del dictamen de

fs 353/4.

2) Solicitar al Consejo Superior la designación del Dr. Erico Frigerio en el cargo de Profesor Asociado con Dedicación Simple para la asignatura Física Ambiental”


POR ELLO:


Y en uso de las atribuciones que le son propias;


EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS

(En su sesión ordinaria del día 08 de agosto de 2.007)


R E S U E L V E:


ARTÍCULO 1º: Aprobar de acuerdo a lo establecido en el Inc. b) del Art. 53º del Reglamento de Concursos (Res. 350/87 y sus modificatorias), el dictamen y su ampliación elaborados por el Jurado que entendió en el Concurso Público de Antecedentes y Prueba de Oposición, para cubrir un (1) cargo de PROFESOR ASOCIADO – REGULAR – DEDICACIÓN SIMPLE para la asignatura “FÍSICA AMBIENTAL”, de la carrera Licenciatura en Energías Renovables (Plan 1.997) de esta Unidad Académica.


ARTÍCULO 2º: Solicitar al Consejo Superior, la designación del Dr. ERICO OSCAR FRIGERIO – D.N.I. Nº 8.383.688 en el cargo al que se hace referencia en el Art. 1ro. de la presente.


ARTÍCULO 3º: Hágase saber y procédase conforme a lo establecido en el Art. 54 del Reglamento de Concursos. Cumplido siga al Consejo Superior a sus efectos.-


NV

SMV