Salta, 06 de agosto de 2007


Expediente Nº 8.348/07


Res. C.D. Nº 359/07


VISTO:


La solicitud de autorización interpuesta por docentes del Laboratorio de Química Analítica Instrumental, mediante la cual solicitan excepción de las retenciones previstas en las reglamentaciones vigentes (Res. CS 433/90), y;


CONSIDERANDO:


Que la requerida excepción no es tal, en tanto el Consejo Superior mediante Res. 428/06, interpreta que tal situación se encuentra contemplada e incluida en el Art. 26° del Reglamento aprobado por Res. 433/90;


Que la Comisión de Hacienda no encuentra objeciones que realizar a lo solicitud interpuesta por la Cátedra Química Analítica Instrumental;


POR ELLO:


Y en uso de las atribuciones que le son propias;


EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS


R E S U E L V E:


ARTÍCULO 1º: Autorizar a la Cátedra de Química Analítica Instrumental a encuadrar, en lo previsto en el Art. 2° de la Res. CS 428/06, la adquisición de los repuestos inventariables (Bienes de Capital) mencionados en la “Pro forma de fs. 02/03” destinados al mantenimiento del Espectrómetro de Absorción Atómica GBC 904 AA – Inventario N° 456 – 4034.


ARTÍCULO 2º: Hágase saber a la Cátedra de Química Analítica Instrumental, Departamento de Química, Dirección Administrativa Contable y a Tesorería General de la Universidad. Cumplido, RESÉRVESE.-



NV

rgg


Firmado: Dr. Jorge Yazlle – Ing. Norberto Bonini

Secretario Académico - Decano