SALTA, 07 de Setiembre de 2.006

Expediente Nº 8578/06

RES. C. D. N° 336 /06

VISTO:

La presentación efectuada por la Dirección Administrativa Académica en relación a la interpretación que debe darse a las disposiciones contenidas en los Art. 26º y 30º del Reglamento de Concursos para la Provisión de Cargos Regulares de Jefes de Trabajos Prácticos y Auxiliares Docentes de Primera Categoría (texto ordenado) aprobado por Resolución 661/88 y sus respectivas modificatorias cuyo texto reza:

Art. 26º.- SUSTITUCION DE LOS MIEMBROS DEL JURADO . Los miembros suplentes del Jurado sustituirán a los titulares por orden de designación en caso de aceptarse las recusaciones, excusaciones o renuncias o de producirse su incapacidad, remoción, fallecimiento u otro motivo de fuerza mayor, respetando las condiciones que fijan los Artículos 24 y 25. La resolución que autorice la sustitución será dictada por el Decano, quién la comunicará al Consejo Directivo, y será exhibida en cartelera desde el día en que se emita.

Art. 30º.- Resolución sobre recusaciones y excusaciones. Las recusaciones y excusaciones de los miembros del Jurado se tramitación y serán resueltas directamente por el Consejo Directivo. A tal fin el Decano elevará las actuaciones dentro de los 3 (tres) días hábiles de haberse formulado la excusación o haberse presentado los descargos en el caso de las recusaciones. El Consejo Directivo resolverá definitivamente dentro de los veinticinco (25) días hábiles de haber recibido las actuaciones correspondientes.(sic)

Texto que aparentemente parece contradecirse entre sí, respecto a las atribuciones que son facultativas de Decanato o del Consejo Directivo.

Que, el Consejo Directivo de ésta Unidad Académica, en su sesión ordinaria del día 06/09/06, constituido en Comisión, deja expresamente aclarado que corresponde interpretar que es de aplicación el Art. 26º cuando se trata de sustituciones derivadas de excusaciones debidamente fundamentadas.

POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias;

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS

R E S U E L V E:

ARTICULO 1°: Dejar debidamente aclarado, que es de aplicación el Art. 26º del Reglamento de Concursos para la Provisión de Cargos Regulares de Jefes de Trabajos Prácticos y Auxiliares Docentes de Primera Categoría aprobado por Resolución 661/88 y sus modificatorias, cuando se trata exclusivamente de excusaciones debidamente fundamentadas y requeridas en tiempo y forma.

ARTICULO 2º: Hágase saber a los Departamentos Docentes, regístrese. Cumplido, archívese.

NV

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Firmado:
Prof. María Elena Higa, Secretaria Académica
Ing. Juan Francisco Ramos, Decano