SALTA, 01 de Agosto de 2.006

Expediente N° 8.423/05

RES. C. D. N° 268/06

VISTO:

Estas actuaciones relacionadas con el Programa de Movilidad Estudiantil del Consejo de Rectores para la integración de la Sub-Región Centro Oeste de Sudamérica;

CONSIDERANDO:

Que la Universidad Nacional de Salta en relación al tema emitió sendas resoluciones, Res. C.S. Nº 468/05 y Res. C.S. Nº 066/06, la primera de las nombradas aprueba en su articulado la integración de la U.N.Sa. al Programa de Movilidad Estudiantil, y la segunda designa becarios dentro del citado programa a un grupo de alumnos provenientes del exterior;

Que la situación de los mismos en cuanto a la calidad de alumnos que les compete, o dé el encuadre que les corresponde, escapa a los lineamientos impresos en el Estatuto de la Universidad;

Que la Facultad de Ciencias Exactas, en tanto no se encuentren reglamentadas las disposiciones del Art. 37º del Estatuto de la U.N.Sa., ha resuelto, considerarlo como “Alumno Extraordinario” (Res. CD 451/88 – Art. 8º, 9º, 10º y 11º);

Que Secretaría Académica, en el último parágrafo del informe de fs.21 vta. “…considera pertinente que el Consejo Superior genere una reglamentación básica para éste tipo de relaciones de intercambio emergentes de las nuevas formas de participación que exige la actual política de vinculación regional e internacional imperante en el mundo “ (sic);

Que la Comisión de Interpretación, Reglamento y Disciplina adhiere a ésta sugerencia y aconseja remitir ésta actuación al Consejo Superior a fin de que elabore una reglamentación básica que regirá para toda la Universidad en las relaciones de intercambio;

POR ELLO, en su sesión ordinaria del día 12/07/06, y en uso de las atribuciones que le son propias;

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS

R E S U E L V E :

ARTICULO 1°: Remitir éstas actuaciones al Consejo Superior solicitándole elabore la reglamentación básica que habrá de regir para toda la Universidad en las relaciones de intercambio.

ARTICULO 2º: Hágase saber a Secretaría Académica de la U.N.Sa., a la Dirección de Relaciones Internacionales y siga al Consejo Superior como está previsto en el Art. 1º de la presente.

NV

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Firmado:
Prof. María Elena Higa, Secretaria Académica
Ing. Juan Francisco Ramos, Decano