Salta, 30 de marzo de 2006

Expediente Nº 8.135/06

Res.C.D. Nº 094/06

VISTO:

Las erogaciones económicas que se venían efectuando desde que se creó la Carrera del Doctorado en Ciencias, que tenía establecido un monto fijo para hacer frente a los gastos que demanda la misma, por lo que se hace necesario establecer un presupuesto actualizable anualmente a tal fin;

CONSIDERANDO:

El dictamen de la Comisión de Hacienda, que aconseja destinar un monto equivalente al 5% del Presupuesto de la Facultad para afrontar los gastos que demande el funcionamiento de la carrera del Doctorado en Ciencias.

POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias;

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS

(En su sesión Cuarto Intermedio del día 29/03/06)

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º: Destinar, el 5% del Presupuesto Anual de la Facultad de Ciencias Exactas para financiar los gastos que demande la Carrera de Doctorado en Ciencias, porcentaje que habrá de ajustarse en forma anual en más o en menos.

ARTÍCULO 2º: Dejar debidamente aclarado que, el presupuesto para el funcionamiento de la Carrera del Doctorado, que por este medio se asigna, tiene por objeto financiar el traslado y regreso desde y hasta esta ciudad de los Sres. Miembros del Jurado y viáticos, como así las de los Profesores invitados a dictar cursos en el marco de la currícula doctoral.

ARTÍCULO 3º: Establecer, que con los fondos del Presupuesto creado por el Art. 1º de la presente, por ninguna causa, razón, motivo o coyuntura podrán utilizarse para otros fines que no fueren los establecidos en los artículos precedentes, salvo disposiciones en contrario del Consejo Directivo debidamente fundadas.

ARTÍCULO 4º: Los saldos remanentes del presupuesto creado por el Art. 1º, deberán reingresar al presupuesto de la Facultad, con destino exclusivo a gastos de inversión del Doctorado en Ciencias.

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Res.C.D. Nº 094/06

ARTÍCULO 5º: Dejar debidamente aclarado que los Cursos de Posgrado que se impartieran o se organizasen en función de lo establecido en el Art. 2º, podrán arancelarse para aquellos que no sean alumnos de la carrera. En tal caso los fondos recaudados deberán ser reintegrados al presupuesto de la Facultad, con idéntico destino que el indicado en el Artículo 4º.

ARTÍCULO 6º: Hágase saber al Director de la Carrera del Doctorado en Ciencias, a los Departamentos de Física, Química y a la Dirección Administrativa Contable. Cumplido. Resérvese.

NV

SMV

Firmado:
Prof. María Elena Higa, Secretaria Académica
Ing. Juan Francisco Ramos, Decano