Salta, 18 de septiembre de 2008

RES. Nº 714/08

Expte. Nº 6148/08

 

 

      VISTO: La nota presentada por el Cr. Alejandro David LEVIN, alumno de la carrera de Posgrado Especialización en Tributación, mediante la cual eleva su propuesta de trabajo final sobre el tema: "El hecho imponible en la Tasa por Inspección de Seguridad, Salubridad e Higiene –La problemática del local habilitado –Sustento Territorial- La efectiva prestación de servicio por parte del Municipio -Sujetos con dos o más locales, establecimientos u oficinas dentro de ejido municipal- El Art 35° del Convenio Multilateral -Similitudes y diferencias entre el servicio municipal comprendido en la Tasa por inspección de Seguridad, Salubridad e Higiene y el servicio de inspección para la habilitación de locales comerciales -Análisis doctrinario y jurisprudencia"; y

 

CONSIDERANDO:

 

      Que el Cr. Sergio Armando SIMESEN DE BIELKE, Director de la carrera de Postgrado Especialización en Tributación, eleva la mencionada nota y presta conformidad para actuar como Director del Trabajo Final propuesto.

 

      Que el Cr. Alejandro David LEVIN es alumno de la 4° edición del mencionado postgrado correspondiéndole realizar el Trabajo Final integrador de la carrera (Res. CS 284/04, punto 6.12).

 

      El dictamen de Comisión de Posgrado y Extensión Universitaria que corre a fs. 11 del expediente de la referencia.

 

      Lo resuelto por el Consejo Directivo en su reunión 12/08 de fecha 09 de septiembre de 2008.

 

 

POR ELLO, en uso de las atribuciones que le son propias,

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS,

JURÍDICAS y SOCIALES

RESUELVE:

 

ARTICULO 1°.- APROBAR la propuesta de Trabajo Final del Cr. Alejandro David LEVIN, L.U.N° 595.753, alumno de la 4° edición de la carrera de Posgrado Especialización en Tributación, sobre el tema "El hecho imponible en la Tasa por Inspección de Seguridad~ Salubridad e Higiene -La

problemática del local habilitado -Sustento territorial -La efectiva prestación del servicio por parte del Municipio -Sujetos con dos o más locales, establecimientos u oficinas dentro de ejido municipal- El Art 35° del Convenio Multilateral -Similitudes y diferencias entre el servicio municipal comprendido en la Tasa por inspección de Seguridad, Salubridad e Higiene y el servicio de inspección para la habilitación de locales comerciales -Análisis doctrinario y jurisprudencia".

 

ARTICULO 2°.- DESIGNAR al Cr. Sergio Armando SIMESEN DE BIELKE como Director del Trabajo Final mencionado en el Artículo I de la presente Resolución

 

ARTICULO 3°.- HAGASE SABER al Cr. Alejandro David LEVIN, al Cr. Sergio Armando SIMESEN DE BIELKE y demás interesados para su toma de razón y demás efectos.